El
Tratado de Ámsterdam se firmó el 2 de octubre de 1997 y entró en
vigor el 1 de mayo de 1999.
El
objetivo del Tratado era que la Unión Europea tuviera las
capacidades institucionales necesarias para responder a los retos que
se presentaban tales como la globalización y los efectos sobre la
economía y el empleo, la lucha contra el terrorismo y el crimen
organizado, etc.
Entre
las reformas introducidas por el Tratado de Ámsterdam, se pueden
mencionar las que afectaron al Parlamento Europeo, pues se aumentaron
y a la vez se simplificaron las decisiones tomadas en común. Se
vinculó la UE a los principios democráticos sancionando a todo
aquel que violase los derechos humanos y para esto se reconoció la
competencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE).
En
perspectiva de las futuras nuevas adhesiones, y vistas las diferentes
posiciones en una Europa cada vez más amplia, se incluyó un sistema
de integración diferenciada llamado “cooperación reforzada” que
permitía avanzar más en la integración a aquellos Estados que lo
deseasen y fueran capaces de llevar a cabo su integración en la UE.
En
temas de Justicia e Interior, se incluyó un Espacio de Libertad,
Seguridad y Justicia junto con una cierta “comunitarización” del
espacio Schengen. También se incluyó un apartado en el Tratado
sobre visados, asilo, inmigración y otras políticas relacionadas
con la libre circulación de las personas. Asimismo, se incluye en el
Tratado de la Unión Europe una parte dedicada a la cooperación
policial y judicial en materia penal.
En
cuanto a la relación entre la Unión y el ciudadano se incluye un
capítulo sobre el empleo y la consolidación de la política de
medio ambiente, en especial en materia de desarrollo sostenible. En
cuestiones vinculadas a la política exterior, se crea la figura del
Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común y
se introducen las denominadas misiones Petersberg haciendo visible la
voluntad de los Estados miembros de comprometerse con la necesidad de
garantizar la paz en Europa.
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